Convocatoria Dirección Departamento Básico Clínico en la Facultad de Ciencias para la Salud

FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD

DECANATURA
RESOLUCIÓN No. 021 DE 2024

POR MEDIO DE LA CUAL SE CONVOCA A ELECCIONES DE DIRECTOR DE
DEPARTAMENTO BÁSICO CLÍNICO – FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD

“POR MEDIO DE LA CUAL SE CONVOCA A ELECCIONES DE DIRECTOR DE DEPARTAMENTO BÁSICO CLÍNICO – FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD.”

El Decano de la Facultad de Ciencias para la Salud, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 047 de 2017 y del Acuerdo Nro. 049 de 2018,

Considerando:

Que el Acuerdo Nro. 047 del 22 de diciembre de 2017 “Por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad de Caldas”, establece en su artículo sexto (6°) que, para el cumplimiento de su misión todas las actuaciones de la institución serán desarrolladas con base, entre otros, en la aplicación del principio de participación, según el cual la Universidad de Caldas respetará y garantizará el derecho a la participación de la comunidad universitaria en la toma de decisiones en asuntos de la vida institucional.

Que el Consejo Superior Universitario como máximo organismo de dirección y gobierno, expidió el Acuerdo Nro. 049 del 22 de octubre de 2018, cuyo objeto se encamina a establecer normas que permitan integrar los diferentes órganos estatuidos en la Universidad, para hacerse presente en la toma de decisiones o en el acompañamiento en la toma de éstas, a través de las reglas de participación instituidas en el dispositivo legal aludido.

Que el Estatuto Electoral de la Universidad de Caldas, en su artículo 7º establece: “La convocatoria para la elección de directores de departamento será realizado por el Decano de la Facultad a la que se encuentre adscrito el departamento correspondiente.” Que según el artículo 80 del Acuerdo No 049 de 2018, se hace necesario convocar públicamente a todas las personas que consideren cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 34 del Acuerdo 047 de 2017, el cual refiere: “Para ocupar la dirección de un departamento se requiere ser
docente escalafonado de la Universidad. PARÁGRAFO 1. Únicamente en los casos en que no se cuente con un docente escalafonado para la Dirección de Departamento, podrá designarse un docente ocasional.”

De acuerdo con lo anterior, es necesario convocar públicamente a todas las personas que consideren cumplir con los requisitos establecidos, para ser designado como Director del Departamento Básico Clínico de la Facultad de Ciencias para la Salud. En consecuencia y en aras de salvaguardar el debido proceso, es necesario fijar dentro del presente acto administrativo el cronograma que regirá el proceso de elección de conformidad con el procedimiento señalado en el Acuerdo 049 de 2018 del Consejo Superior.

En virtud de lo anterior,

Resuelve:

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a las personas interesadas en ocupar el cargo de director de departamento, así:

• Departamento Básico Clínico (1 director)

PARÁGRAFO: El candidato electo a director de departamento se nombrará por un periodo estatutario de dos (2) años, prorrogables por dos (2) años más, que iniciará a partir del día de su posesión conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en el artículo 34 del Acuerdo 047 de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO – CENSO ELECTORAL: Son miembros del “Censo Electoral” para la elección de director de departamento, el colectivo docente del departamento respectivo, el cual estará integrado por sus profesores de carrera, catedráticos y ocasionales.

PARÁGRAFO: La conformación del “Censo Electoral” estará a cargo de la decanatura de facultad con apoyo de la información remitida por la Oficina de Gestión Humana.

ARTICULO TERCERO – DEL CENSO PROVISIONAL: Consolidada la base de datos remitida por la Oficina de Gestión Humana, se publicará en la página web a modo de censo provisional. La información publicada podrá ser consultada por los interesados a través de medios electrónicos. Quienes no figuren en el censo provisional pese a tener las calidades necesarias para participar en el proceso electoral, podrán solicitar su inclusión en el mismo dentro del plazo establecido en el cronograma, a través de mensaje de datos remitido al correo electrónico: facsalud@ucaldas.edu.co

  • Nombre
  • Identificación
  • Departamento al que pertenece
  • Facultad
  • Correo institucional. (Docentes)
  • Petición, en la cual debe indicar en el asunto del correo:” inclusión censo electoral directores
    departamento.

Una vez atendida la totalidad de las solicitudes, se procederá a consolidar el censo definitivo, el cual no será susceptible de modificación.

ARTÍCULO CUARTO– POSTULACIÓN COMO CANDIDATOS: Podrán postularse todas las personas que consideren cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 34 del Acuerdo 047 de 2017 del Consejo Superior, a saber: “Docente escalafonado de la Universidad de Caldas.” La postulación s realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Acuerdo 049 de 2018, a saber: La postulación para ser director de departamento se hará sin formalidades en la sesión del colectivo docente citada por el Decano para realizar la elección respectiva.

ARTÍCULO QUINTO- VOTACIÓN: La votación corresponde a la fase del proceso de elección de directores de departamento, en el cual el colectivo docente vota por el candidato de su preferencia.

PARÁGRAFO 1º. De conformidad con lo establecido en el artículo 91 del Acuerdo 049 de 2018, para que la votación sea válida se requerirá la mitad más uno de los integrantes del censo electoral.

PARÁGRAFO 2º. En ningún caso se someterá a votación el nombre de los aspirantes que no cumplan con requisitos.

PARÁGRAFO 3º. Contra el acto administrativo que declare electos a los candidatos procederá exclusivamente el recurso de reposición

PARÁGRAFO 4º. Los candidatos electos tomarán posesión una vez se encuentre en firme el acto administrativo que los declara electos.

ARTÍCULO SEXTO: El aspecto logístico del presente proceso electoral será coordinado por la decanatura de la Facultad de Ciencias para la Salud.

ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente proceso electoral será desarrollado de conformidad con el siguiente cronograma:

ITEM ACTIVIDAD FECHA
1 Convocatoria. La convocatoria será realizada a través de la publicación del acto administrativo en la página web de la Institución y difusión en los correos institucionales 11-12-13 de marzo de 2024
2 Publicación del Censo Provisional en la página web institucional y correos
electrónicos institucionales.
14 de marzo de 2024
3 Solicitud de inclusión censo electoral. Podrá ser solicitado al correo
facsalud@ucaldas.edu.co
15 de marzo de 2024
4 Publicación del Censo Definitivo 18 de marzo de 2024

Ver censo electoral

5 Postulación de candidatos, verificación de Requisitos, Votación. En sesión del departamento previamente citada por el Decano se realizará la postulación de candidatos y se desarrollará la votación secreta.
Será utilizada una herramienta de videoconferencia, la cual permita el desarrollo de la sesión y la votación secreta.
Se realizará acta en el cual se llevará registro de lo ocurrido en la sesión. La
decanatura enviará la citación con el link de la reunión
Se realizará reunión de Departamento. Así: Martes (19) de marzo de 2024. 9:00 am
6 Expedición de acto administrativo que declara electos a los directores de departamento de la Facultad de Ciencias para la Salud. El acto administrativo
será expedido por el Decano de la Facultad y será publicado a través de la
página web institucional
19 de marzo de 2024
7 Presentación de recursos de reposición. Contra el acto administrativo que
declara electos procede el recurso de reposición. Los recursos deben
radicarse en el correo facsalud@ucaldas.edu.co, se recepcionarán hasta las 5:45 p.m. del último día dispuesto para ello, fuera de este término y horario se consideran extemporáneos
20,21,22 de marzo de 2024
8 Decisión de los recursos Interpuesto el recurso en debida forma y en término, se procederá a su resolución, la cual se comunicará en el día dispuesto para ello, quedando en firme la elección con esta comunicación. 01 de abril de 2024

ARTÍCULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y frente a la misma no procede recurso alguno.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Manizales a los (11) días del mes de marzo de 2024.

 

CARLOS ALBERTO VILLEGAS ISAZA
Decano

Conoce el censo de votación aqui

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